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¿Quién puede dictar el curso de 8 horas del DS 44 y qué tiene que quedar registrado?

Desde el 1 de noviembre de 2026 cada trabajador debe acreditar un curso de 8 horas. Quién puede dictarlo, en cuánto tiempo y qué registro exige la Guía Técnica.

La respuesta corta

Lo puede dictar tu organismo administrador (mutual o ISL), un OTEC acreditado por SENCE o la propia empresa, pero esta última solo si cuenta con un Departamento de Prevención de Riesgos o con un experto en prevención. Cualquier otra forma de dictarlo no cumple la Guía Técnica.

Quién lo dictaCondición
Organismo administrador (mutualidad / ISL)Es el camino habitual de la pyme: lo ofrece como parte de su relación con la mutual o el ISL.
OTEC acreditado por SENCEEl organismo debe estar acreditado por SENCE; se entrega certificado.
La propia empresa (con experto en prevención)Solo si la empresa tiene Departamento de Prevención de Riesgos o un experto en prevención.

Una charla interna sin ninguna de esas tres condiciones puede ser buena capacitación, pero no es el curso que pide la Guía.

Cuánto dura, en cuánto tiempo y cuánto vale

El plazo de 3 meses es el que más se pasa por alto. Si los módulos no se completan dentro de él, la Guía entiende que la persona no realizó el curso, y las horas anteriores no se acumulan con las siguientes.

Qué tiene que quedar registrado

Hacer el curso es la mitad. La otra mitad es poder acreditarlo después, y para eso la Guía exige un registro. Lo que tiene que existir, por cada curso:

Con esa lista se ve por qué una planilla de asistencia suelta no alcanza: falta el programa, la evaluación y, según quién lo dictó, el certificado.

¿Y los cursos que ya hizo mi mutual?

La Guía reconoce los cursos dictados por el organismo administrador, con una validez de 2 años contados desde su realización. Si tu gente ya hizo el curso con la mutual, no se parte de cero: hay que reunir el certificado de cada persona en un solo lugar y vigilar cuándo vence.

Lo difícil no es hacer el curso. Es saber, el día que te lo piden, quién lo completó, cuántas horas y cuándo vence.

Vigenza registra el curso por persona (asistencia, horas, modalidad, quién lo dictó y evaluación) y avisa antes de que venza. Parte midiendo qué te exige hoy el DS 44 y cuánto de eso podrías demostrar.

Ver qué me exige a mí →

Fundamento: Res. Ex. N° 1.117/2026, Subsecretaría de Previsión Social — Guía Técnica de Capacitación (art. 16 DS 44), publicada en el Diario Oficial el 11 de agosto de 2026

Actualizado el 6 de octubre de 2026. Esta guía informa sobre la norma vigente; no reemplaza la asesoría de un profesional para tu caso.

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